jueves, 10 de mayo de 2012

2. Cuáles son tus argumentos a favor o en contra del planteamiento de Richard Stallman “…. al conocimiento no se le debe dar un precio” y en “las escuelas solo se debe enseñar software libre”


En cuanto a la frase:
 “….al conocimiento no se le debe dar un precio” estoy a favor por que el conocimiento es universal y su visión es hacia el bien, el desarrollo y mejoramiento de todos y no al bien de algunos por lo tanto todos deben tener acceso; y si se cobra por el conocimiento no estamos contribuyendo a la humanidad. El conocimiento es verdad y la verdad es libre por lo tanto no debe tener precio.
“las escuelas solo deben enseñar software libre”
Cada institución es libre de elegir lo mejor para sus estudiantes; pero su misión social es enseñar a los estudiantes a ser ciudadanos de una sociedad libre, capaz, independiente y de cooperación, por lo tanto deben promover el uso de software libre.
El software libre supone un ahorro económico para las escuelas, les da al igual que a cualquier otro usuario, la libertad de copiar y redistribuir el software, por lo que pueden hacer copias para todas las computadoras que tengan.
Si las escuelas enseñan software libre, los estudiantes utilizarán software libre aun cuando se hayan graduado.

domingo, 6 de mayo de 2012


1. ¿Qué opinan sobre las tres presunciones en las que se basa la defensa del software privativo versus las libertades (cuatro) del usuario de software libre?


Linux (Software Libre) Vs. Microsoft (Software Privativo)                     
Fuente: http://funnix.net/wp-content/uploads/2011/02/linux_vs_windows.jpg

Comentario inicial: Desde mi perspectiva como docente en formación, pienso que se debe incentivar la cultura de utilizar software libre. Que no es reconocido trascendental-mente por los usuarios de los sistemas informáticos; ya sea por la entera absorción de los sistemas operativos privativos, y el software que respectivamente es vendido a los usuarios por los grandes monopolios cibernéticos. O por el conformismo y el sentido consumista que se le asigna a cualquier producto que se ha hecho llamativo a sí mismo, mas por las estrategias de mercadeo, que por su excelente funcionamiento operativo.

La estrategia principal que se emplea para abarcar gran parte de venta de sistemas operativos y programas privativos en los equipos computacionales, es la oferta de utilizar versiones del software que caducan en un límite reducido de tiempo; en el que el usuario solo ha tenido la posibilidad de conocer dicho recurso y no se afana por probar otros programas u otros sistemas operativos. 

En este sentido, se observa una gran influencia del consumismo arraigado a la cultura del mundo contemporáneo. Es por ello, que sin necesidad de que millones de usuarios tengan opciones para escoger entre los diferentes sistemas operativos y los programas que son compatibles con cada uno de ellos; siempre existe una alta tendencia en escoger y seleccionar software privativo, porque los usuarios tenemos la concepción vaga que pagar un  alto precio por un software que “me genera confianza y confidencialidad con mi información”. Es decir, nos sentimos seguros con un software porque tenemos que pagar por él.

Además que el principal argumento del Software Privativo es la protección de los Derechos de Autor, y la asignación de un valor económico a las producciones intelectuales convertidas en productos de programación computacional para determinados programas o aplicaciones. Otro de sus argumentos es que el usuario no puede modificar, distribuir o utilizar con cualquier fin el programa; como también su código fuente es oculto y solo puede ser modificado por el autor.

Lo que finalmente, me permite argumentar que el software privativo niega la posibilidad de crear cultura en el empleo activo de las TIC's, por que genera más costos para las instituciones educativas y, desmotiva a docentes y estudiantes ha realizar una inmersión en el aprendizaje a través de dicha herramienta.

Richard Stallman sustentando las generalidades y las libertades del Software Libre.


sábado, 28 de abril de 2012

Redes de Aprendizaje



En palabras de Sue Waters1, Redes de Aprendizaje, PLN (Personal Learning Networks), "son aquellas que usando herramientas web como blogs, wiki, twitter, facebook, crean conexiones con personas que ensanchan nuestro aprendizaje, e incrementan nuestra reflexión mientras nos permiten aprender juntos como parte de una comunidad global".

Esta definición se puede ampliar un poco ya desde el punto de vista de los beneficios que presentan, como el desarrollo personal en el aspecto de escribir lo que piensan en sus blogs, o agregación para el trabajo en grupo que permiten los wiki, la facilidad de compartir información con las redes sociales, y algo que nos parece importante que es compartir lo que  hemos aprendido con nuestros amigos, formando un conjunto de personas que van en una misma dirección investigativa de conocimiento, y que también ofrecen sus miradas particulares sobre los contenidos que debe tener esa red de aprendizaje, entonces se convierte en una “gestión del conocimiento”, el paradigma del pensamiento colectivo.

Y, entonces, ¿para qué sirve tener una red de aprendizaje? Para Molina y Briceño2, se trabaja una red para “cubrir las necesidades de aprendizaje dentro de un contexto formal, en el marco de un curso o de un espacio de encuentro regulado, un sitio en el cual se puede preguntar, solucionar problemas, acceder a información, desarrollar estructuras conceptuales, realizar transferencia de conocimiento, es decir, aprender sobre un tema.” Ahora podríamos complementar esto con la visión de
Adell3 sobre  sobre el tema del aprendizaje que define como  “una de las competencias básicas de la educación obligatoria, y que no debe olvidarse en las etapas de formación posteriores, es 'aprender a aprender', es decir, los conocimientos, habilidades y actitudes (especialmente estas) necesarias para seguir aprendiendo por uno mismo a lo largo de toda la vida”. Una red de aprendizaje sirve para el crecimiento personal mediante el propio esfuerzo, con la ayuda de gente que tiene los mismos objetivos de vida, y que ayudan a complementar el conocimiento generado.

Las redes de aprendizaje son entornos de adquisición de conocimiento en línea que ayudan a los participantes a desarrollar sus competencias colaborando y compartiendo información; por esta razón estas redes están diseñadas para tratar de enriquecer  la experiencia de aprendizaje en los contextos de educación no formal (educación profesional) y, con ligeras adaptaciones, también son útiles en la educación formal (escuelas o universidades)4.

Aunque el concepto de aprendizaje en red suscita el interés de diferentes actores del ámbito educativo5, aún existen muchos interrogantes sobre cómo debe diseñarse tal aprendizaje para facilitar adecuadamente la educación y la formación. En la actualidad, las redes de aprendizaje son las que permiten el acceso del estudiante a cualquier recurso educativo, a través de sistemas de comunicación que facilitan el acceso a una infinidad de temas del aprendizaje formal.

Astrid Caviedes
Roslady Quesada
John González, Abril 2012


Imagen tomada de: http://fernan92pin8.wordpress.com/2010/03/01/redes-de-aprendizaje/
1 Waters, S. PLN Yourself. Disponible en http://suewaters.wikispaces.com/ [2012, 18 de abril]
2 Molina, R., Briceño, S., Redes de aprendizaje, estrategias de capacitación. Disponible en http://www.colombiaaprende.edu.co/html/mediateca/1607/articles-108460_archivo.pdf [2012, 18 de abril]
3 Adell, J., Sobre entornos personales de aprendizaje. Disponible en: http://www.edukanda.es/mediatecaweb/data/zip/1335/page_01.htm [2012, 18 de abril]
4 Sloep, P., Berlanga A., Redes de aprendizaje, aprendizaje en red. Disponible en: http://www.revistacomunicar.com/index.php?contenido=detalles&numero=37&articulo=37-2011-07" [2012, 25 de abril]
5 Martínez, W., Redes de aprendizaje. Disponible en: http://www.sildeshare.net/MARWIZ05/redes-de-aprendizaje-3886949 [2012, 25 de abril]

3. ¿Las licencias Creative Commons y los derechos de autor están en contraposición o son una amenaza para el desarrollo y expansión del software libre?


Este tema es espinoso en relación con los significados de las palabras “contraposición” y “amenaza”. Vamos por partes (como dijo Jack, el destripador) y comencemos mirando si hay contraposición, y luego amenazas, entre licencias CC y derechos de autor con respecto al software libre:

a. Contraponer significa comparar contra algo que es distinto, y también es poner una cosa contra otra para estorbar su efecto (más o menos así lo dice la Real Academia Española). La primera libertad del software libre es la de ejecutar un programa con cualquier propósito; una licencia CC con alguna de sus condiciones (no comercial NC, sin derivar ND, compartir igual SA) va directamente en contra de la primera libertad del software; en general, por separado cada condición de CC  irá en contra de alguna libertad del software libre, con lo cual se genera el “estorbo” atribuido al significado de contraposición. Y los derechos de autor, que exigen la expresa autorización del creador de la obra, o del habiente de tales derechos, es más opuesta a las cuatro leyes del software libre.

b. Amenaza significa dar indicios sobre estar inminente algo malo o desagradable (RAE); por extensión, se entendería que corre peligro una cosa. Aquí con las licencias CC, ni con los derechos de autor, el software libre realmente no corre peligro de realizarse o de expandirse; es una opción del programador si quiere compartir su trabajo con los demás. Sí habría cierto “peligro” en caso que la gente prefiera las licencias CC, o los copyright, en vez de dejar libertad para su utilización, pero la preferencia es algo subjetivo, y dependiendo de la actividad económica del programador, que generalmente vive de su trabajo, es más rentable tener una licencia y sus derechos de autor que dejar libre su creación.

Lo que podemos ver aquí es que son tres maneras distintas de ver la propiedad intelectual de un desarrollo creativo; las licencias CC le dan el poder de elegir qué quiere hacer con su obra, y sus derivados, y respetar la voluntad de ser nombrado como el realizador; el derecho de autor protege al creador y su obra, y le confiere propiedad total y la negativa de ser copiada y utilizada por terceros sin el permiso adecuado; y el software libre quiere que un autor comparta su obra, con el código fuente; que permita que otros sepan qué hizo y que lo cambien como ellos quieran, lo distribuyan, y lo comercialicen si es del caso.

Entonces la cuestión es que un programador pueda conocer bien qué significa cada método y qué derechos y libertades obtiene acogiéndose a uno o a otro. Lo cierto es que cada persona tiene el derecho a realizar su trabajo con esfuerzo, y si quiere sacarle provecho económico, y tomar la decisión si sus obras las quiere compartir; pero de ahí a que los derechos de autor, o las licencias CC, puedan “competir” en el corazón de un programador en contra del software libre, pues no parece factible: se hará lo que el autor decida qué en cada momento con su obra. No hay ningún tipo de contraposición ni amenazas si se tiene todo claro.



John Edward González, Abril 2012.


Imagen tomada de: http://jsbsan.blogspot.com/2011_04_01_archive.html